La tasa turística es un impuesto instituido sobre la base del artículo 4 del Decreto Legislativo nº 23 de 14 de marzo de 2011. Cada municipio puede decidir establecer este impuesto, mediante resolución del consejo municipal, que pagarán quienes se alojen en establecimientos de alojamiento situados en su territorio. Su recaudación se destina a financiar intervenciones en favor del turismo, del mantenimiento, disfrute y recuperación de los bienes culturales y medioambientales, y de los servicios públicos locales.
NUEVO IMPUESTO TURÍSTICO DE LA CIUDAD DE BERGAMO A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2025
A partir del 1 de abril de 2025, el importe del impuesto se eleva al 7% del coste, permaneciendo invariable el límite máximo de 5 euros por persona y pernoctación durante un máximo de 5 días consecutivos.
NUEVA CIUDAD DE BERGAMO A PARTIR DEL 1DE AGOSTO DE 2023
A partir del 1 de agosto de 2023, las pernoctaciones en“albergues juveniles” están exentas de la tasa turística.
También a partir de esa fecha, para los demás establecimientos, el importe de la tasa del 6% del coste se limita a 5 euros por persona y pernoctación.
Los profesores acompañantes también estarán exentos del impuesto de servicio durante las visitas educativas escolares, a razón de uno por cada quince menores acompañados, y los miembros de la policía que pernocten de servicio.
El texto del reglamento puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.comune.bergamo.it/regolamenti?title=soggiorno